lunes, 30 de julio de 2012

La contabilidad del autónomo. Todo lo que debes saber para una optima gestión contable y fiscal.


¿Eres autónomo o tienes pensado serlo y te preocupa cumplir contablemente y fiscalmente? Cuando nos planteamos la posibilidad de emprender una actividad económica por cuenta propia éste es uno de los aspectos más descuidados por los autónomos.

La contabilidad que exige la AgenciaTributaria a los empresarios y profesionales autónomos en el régimen de estimación directa simplificada o normal no pasa de ser un mero instrumento para la confección de los impuestos a los que los autónomos debemos enfrentarnos trimestralmente.

La contabilidad nos servirá para  llevar un control de nuestros gastos, nuestros ingresos, facturas pendientes de cobro o pendientes de abonar por nuestra parte. Básicamente un control de nuestro negocio.

Los ingresos: facturas emitidas

Los ingresos es lo más sencillo de la contabilidad. Según la normativa vigente española, los trabajadores autónomos están obligados a presentar una factura por cada trabajo que realicen en el desarrollo de su actividad y llevar un libro de registro de facturas emitidas o listado de facturación, ordenado cronológicamente.


Aunque las facturas pueden tener aspectos muy diferentes, todas han de contener una serie de datos mínimos para que el documento sea válido. Así, es imprescindible que aparezca:

 

·         número de factura
·         fecha de emisión
·         destinatario de la factura
·         base imponible
·         tipo de IVA
·         importe del IVA
·         retención de IRPF (si la actividad lo requiere).

Los gastos: facturas recibidas

Para complementar los ingresos debes llevar un control de los gastos. Tienes que controlar todos aquellos gastos necesarios para la obtención de los ingresos a que nos hemos referido anteriormente, ya que unicamente mediante un buen control de ingresos y gastos sabremos en todo momento si el negocio genera beneficios o pérdidas.

¿Cómo sabes qué gastos son deducibles?:

1.     Que el gasto este directamente relacionado con la actividad que se desarrolla.
2.     Que sea necesario para la llevar a cabo la misma.

Debes llevar un control mediante el ”Libro de registro de Facturas Recibidas”, el Libro de registro de Bienes de Inversión y el Libro de registro de Gastos


Libro de registro de facturas recibidas.

El libro de registro de facturas recibidas es un simple listado en el que debes contabilizar todas aquellas facturas que recibes, y que reflejan las compras tanto de bienes como de servicios obtenidos por  el desarrollo de tu actividad.

En este libro registro, las facturas se consignarán con su número de factura, la fecha en que se emitió la factura, el nombre y apellidos o razón social del emisor, su Número de Identificación Fiscal (NIF), la base imponible, el tipo de IVA, el importe del IVA y en caso de que corresponda, la retención correspondiente de IRPF.


Libro de registro de Bienes de Inversión

Son bienes de inversión aquellos bienes que has comprado y que por su naturaleza y coste la Agencia Tributaria considera que no se van a consumir durante el ejercicio, y por lo tanto, no permite contabilizarlos directamente como un gasto único sino que obliga al autónomo a contabilizarlo distribuyendo su importe proporcionalmente a lo largo de varios trimestre o años.

Libro de registro de Gastos

Debes hacer contabilizar los gastos los cuales no tengas factura, pero sí un comprobante de pago en forma de ticket o de recibo del banco o albarán.

jueves, 26 de julio de 2012

¿Conoces la importancia del IVA y el IRPF?: ¿Qué son y cómo hacer los cálculos? Imprescindibles si eres autónomo.


¿QUÉ ES EL IVA?


El IVA es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo y grava: las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios y profesionales, las adquisiciones intracomunitarias y las importaciones de bienes.
En la aplicación del impuesto por los empresarios o profesionales se pueden distinguir dos aspectos:
  • Por sus ventas o prestaciones de servicios, repercuten a los adquirentes las cuotas de IVA que correspondan, con obligación de ingresarlas en el Tesoro.
  • Por sus adquisiciones, soportan cuotas que tienen derecho a deducir en sus declaraciones liquidaciones periódicas. En cada liquidación se declara el IVA repercutido a los clientes, restando de éste el soportado en las compras y adquisiciones a los proveedores, pudiendo ser el resultado tanto positivo como negativo.
Si el resultado es positivo debe ingresarse en el Tesoro.

Si es negativo y se declara trimestralmente, el resultado se compensa en las declaraciones-liquidaciones siguientes; en este caso, si al final del ejercicio, en la última declaración presentada, el resultado es negativo, se puede optar por solicitar la devolución o bien compensar el saldo negativo en las liquidaciones del ejercicio siguiente.

Si es negativo y se declara mensualmente (se ha solicitado la inclusión en el registro de devolución mensual), la devolución se efectuará mes a mes.

Además el IVA es una de las formas importantes de financiación que generan aproximadamente el 33% de los ingresos del presupuesto del Estado.

El nivel general de IVA en España es del 18% y el pasado sábado, 14 de julio, se publicó al BOE el "Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad", que entre otras muchas medidas, modifica los tipos de gravámenes del IVA con efectos del próximo día 1 de septiembre de 2012.


¿CÓMO DEBES CALCULAR EL IVA?

Todo trabajador autónomo tiene la inquietud de saber cuál va a ser el porcentaje del IVA correspondiente, por eso deberá calcular por cuenta propia lo que tendrá que pagar.

Siempre será una tarea tediosa, sin embargo basta con solo aplicar una serie de fórmulas matemáticas para dar con una cantidad que podrás incluirlo como concepto de IVA.
En efecto, para calcular el importe del IVA simplemente tendrás que multiplicar una cifra por el tanto por ciento del IVA expresado en números decimales como es el siguiente ejemplo:
  • Cantidad x 0.21 (tipo de IVA General)
Por otro lado si buscas calcular el precio con el IVA incluido deberás aplicar la siguiente fórmula:
·         Cantidad/1.21.
Recuerda que calcular el IVA será fundamental por si eres un trabajador autónomo.

¿QUÉ ES EL IRPF?

Tienes que tener en cuenta el impuesto a la Renta, pues será fundamental en el momento de realizar un desarrollo laboral como autónomo, por eso es necesario recalcar qué es el IRPF.

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o IRPF, es un impuesto personal, progresivo y directo que grava la renta obtenida en un año natural por las personas físicas residentes en España. Así pues, es una figura impositiva perteneciente al sistema tributario español.


La normativa aplicable al impuesto será la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, así como su correspondiente Reglamento, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.

El IRPF es un impuesto de carácter directo, personal, subjetivo, progresivo, periódico y analítico.

IRPF EN LAS FACTURAS

El IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) es el dinero que se descuenta en cada factura en concepto de impuestos al Estado por el volumen de ingresos. Al contrario que con el IVA, en este caso es el cliente quien ingresa a cuenta en Hacienda un dinero que nos retiene.
Aunque la retención del IRPF es variable, por regla general en las facturas se suele descontar un 15%. (El Gobierno ha elevado del 15% al 19% la retención en el IRPF por rendimientos de actividades profesionales y el ingreso a cuenta por rentas del trabajo derivados de impartir cursos, seminarios o conferencias, aunque temporalmente, desde el 1 de septiembre hasta el 31 de diciembre de 2013, situará esta retención en el 21%.
El tipo del 15% sólo será aplicable a los rendimientos satisfechos o abonados hasta el 31 de agosto de 2012. A partir de esa fecha y durante todo 2013 el tipo escalará hasta el 21%, seis puntos más, y desde 2014 se situará en el 19%.)
. Sin embargo, se podrá aplicar un 7% durante los tres primeros años de inicio de la actividad, siempre y cuando no se haya ejercido ninguna actividad profesional en el año anterior a la fecha de comienzo de las actividades actuales.
Eso sí, esta circunstancia se deberácomunicar por escrito al destinatario de la factura, que tendrá que conservarla debidamente firmada.

Plazos para la presentación de impuestos:



lunes, 23 de julio de 2012

¿POR QUÉ gestionar BIEN el TIEMPO?


¿Por qué la frase más recurrente cuando hablamos con profesionales, empresarios/as, empleados/as es “no tengo tiempo”?

Para todo el mundo el tiempo es muy importante en su día a día.

El tiempo es un recurso, y de cómo lo administremos dependerá no solo nuestro éxito profesional, sino nuestro bienestar personal.

En el ámbito laboral la gestión del tiempo se vuelve algo fundamental, y lo es todavía más para autónomos, freelance y pequeñas empresas que necesitan optimizar sus recursos al máximo.

Cuando en un negocio la mayoría del beneficio se obtiene con el trabajo de uno mismo, entendemos que“perder tiempo, es perder beneficios”.

El problema está en que no gestionamos el tiempo, caemos en la trampa del día a día de la actividad, y actuamos sin evaluar si lo que hacemos es importante o si nos conduce a los resultados deseados. Y sí a esto le sumamos, que a todo ello tenemos una sensación permanente de no llegar a tiempo, o ese estrés permanente, que como una pesadilla, nos sigue a todas partes.

¡¡Tenemos que empezar por valorar el tiempo!!

Haz un listado de tus tareas, de los trabajos que tu actividad conlleva, del listado de tareas y sus tiempos podrás concluir que hay muchas de ellas que puedes delegar (en nuestro próximo articulo hablaremos de, ¿qué delegar?). También servirá para priorizarlas según su importancia.


Localiza cuáles son tus principales vías de pérdidas de tiempo, lo que se conoce como ladrones del tiempo y ponte en guardia para combatirlos. De ello depende tu negocio y más hoy en día. Tu imagen empresarial es un factor prioritario de cara a tus clientes actuales y futuros, y se consigue en parte, con una óptima gestión.

En SERVICE SOLUTION ofrecemos poder ayudarte a gestionar mejor tu tiempo, nos regimos por los tres conceptos fundamentales en cuanto a gestión del tiempo:

  1. Priorización
  2. Eficacia
  3. Inmediatez
Y extrapolamos estos tres principios a nuestros clientes.


Ofrecemos soporte de secretaria, administrativo, contable. Infórmate sin compromiso: info@servicesolution.es, nos ajustamos a tus necesidades.


"El tiempo es lo que má deseamos tener, pero por desagracia, lo que peor aprovechamos"(William Penn)

jueves, 19 de julio de 2012

¿POR QUÉ UNA SECRETARIA, ADMINISTRATIVA O CONTABLE ONLINE?


Con los servicios de una secretaria, administrativa o contable online se reduce el tiempo que dedica un empresario en tareas administrativas secundarias, pero no menos importantes, que restan tiempo a la propia actividad económica de la empresa; y, en el caso de la contratación de personal para cubrir estas tareas, se reducen los costes. 
El hecho de tener una secretaria, administrativa o contable online ofrece al empresario/a, autónomo/a o freelance, rentabilidad y eficacia en su actividad.

En SERVICE SOLUTION prestamos atención telefónica de 8:00 a 20:00hs de lunes a viernes. Y la atención telefónica para nuestros clientes es 100% personalizada.




¿Qué es una secretaria online? 


Las secretarias, administrativa o contable online operamos del mismo modo que una secretaria personal: atendiendo llamadas, gestionando agenda, gestionando contactos, llevando a cabo tareas administrativas, tareas contables y todas esas otras actividades que pueden ser delegadas. 



El simple hecho de contratar los servicios online de SERVICE SOLUTION ya es beneficioso para la empresa, ya que el sueldo de una secretaria "presencial" oscila de 17.000€ a 25.000€ al año (de 1.400€ a 2000€/mes) sin tener en cuenta los costes de Seguridad Social. Contratar los servicios que le ofrece nuestra empresa supone un ahorro seguro en sus gastos.

En los tiempos que corren muchos empresarios optan, debido al coste, por prescindir de una secretaria, administrativa y/o contables en su empresa.
No obstante, muchos de ellos han asumido todas estas tareas secundarias que restan tiempo en su actividad principal, pasando a gestionar ellos mismos TODO lo referente a la gestión administrativa, números y atención a clientes, sin poder prestar la atención que su empresa o sus propios clientes requieren.

En definitiva, una opción que hoy en día resulta mucho más rentable y beneficiosa para su negocio.

“ UN PROBLEMA – UNA SOLUCIÓN”


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